Valido solicita al Gobierno de España que autorice el uso excepcional de fitosanitarios para proteger los cultivos de Canarias
Coalición Canaria registra una proposición no de ley para instar al Gobierno central a autorizar de forma excepcional y temporal el uso de fitosanitarios para combatir la mosca blanca, la cochinilla de la platanera y la cochinilla del aguacate
Madrid, 14 de mayo de 2026
La portavoz de Coalición Canaria en el Congreso de los Diputados, Cristina Valido, ha registrado en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación una proposición no de ley (PNL) para instar al Gobierno de España a autorizar, con carácter excepcional, el uso de fitosanitarios frente a las distintas plagas que asolan los cultivos canarios. Asimismo, la iniciativa reclama reforzar las medidas de control que garanticen el cumplimiento de la normativa fitosanitaria vigente y eviten la entrada ilegal de productos agrícolas en el archipiélago.
La iniciativa de los nacionalistas canarios pone de manifiesto que la prohibición de determinados productos fitosanitarios por parte de la Unión Europea, sin que existan alternativas eficaces, está provocando un aumento descontrolado de los costes de producción y una mayor destrucción de fruta por destrío, lo que compromete la competitividad y el futuro de miles de agricultores canarios.
Las plagas que generan mayor preocupación son la mosca blanca (Aleurodicus floccissimus) y la cochinilla de la platanera (Dysmicoccus grassii), que afectan fundamentalmente a las plataneras, así como la cochinilla del aguacate (Nipaecoccus nipae), que ha adquirido una relevancia crítica en los últimos años y que, al tratarse de una especie polífaga, también afecta a otros 80 géneros de plantas pertenecientes a 43 familias, entre ellas cítricos, cacao, mangos, guayabas, chirimoyas y diferentes palmeras.
En la exposición de motivos de la PNL se recuerda que las condiciones climáticas del archipiélago favorecen la presencia de estas plagas prácticamente durante todo el año, con especial incidencia durante el periodo estival y el inicio del otoño. También se subraya que entre 2023 y 2025 se registraron situaciones críticas tanto en la producción como en la comercialización del aguacate, lo que exige una intervención química inmediata ante la ineficacia de los métodos de control biológico o preventivo disponibles hasta el momento.
Coalición Canaria recuerda además que tanto el artículo 53 del Reglamento (CE) nº 1107/2009 del Parlamento Europeo como el artículo 34 de la Ley 43/2002 de sanidad vegetal permiten la autorización excepcional de productos fitosanitarios ante peligros que no puedan controlarse por otros medios razonables. De hecho, amparándose en esta normativa, el Gobierno canario ha solicitado en dos ocasiones al Ministerio de Agricultura la autorización del Spirotetramat 10 % para controlar la cochinilla del aguacate durante 120 días. La última petición se produjo el pasado mes de marzo y ambas solicitudes fueron denegadas por el Ejecutivo central.
La iniciativa de CC también reclama al Gobierno del Estado que refuerce las medidas de control en las fronteras del archipiélago para evitar la entrada ilegal de productos agrícolas que, además de suponer una competencia desleal para los agricultores canarios, facilita la introducción de nuevas plagas y enfermedades, vulnerando la Orden de 12 de marzo de 1987 que establece medidas de protección fitosanitaria para Canarias.
Asimismo, la PNL insta al Gobierno central a continuar defendiendo de manera activa ante la Unión Europea la singularidad de Canarias como región ultraperiférica, donde las condiciones climáticas hacen inviable la aplicación de criterios homogéneos con el resto del territorio del Estado en materia de sanidad vegetal.
==> Fuente de la noticia y archivo descargable: NOTA DE PRENSA CC Congreso Fitosanitarios 14 05 2026(3)
proposición no de ley en comisión de agricultura
Competencia Competencias de la Cámara
Subcompetencia Control e información
Tipo Expediente 161-Proposición no de Ley en
Comisión.
Fdo.: Cristina VALIDO GARCÍA
Portavoz adjunta
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
El Grupo Parlamentario Mixto a instancia de la diputada Cristina Valido García de Coalición Canaria, de conformidad con lo previsto en el Reglamento del Congreso de los Diputados presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la defensa de los agricultores canarios, para su debate en Comisión.
Madrid,14 de mayo de 2026
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Uno de los retos a los que los agricultores de las islas tienen que hacer frente es la prohibición del uso de determinados productos fitosanitarios por parte de la Unión Europea, sin que existan alternativas eficaces para el control de las principales plagas en que afectan a los cultivos canarios. Esta situación está provocando un aumento sin control de los costes de producción, así como una mayor destrucción de fruta por destrío, lo que compromete la competitividad y el futuro de miles de agricultores de Canarias.
En este sentido, preocupan especialmente las siguientes plagas: la mosca blanca (Aleurodicus floccissimus) y la cochinilla de la platanera (Dysmicoccus grassii), que afectan fundamentalmente a las plataneras; así como la cochinilla del aguacate (Nipaecoccus nipae) que ha adquirido una relevancia crítica en los últimos años, entre otras cochinillas que también la afectan, aunque en menor medida, como Fiorinia fioriniae, Protopulvinaria pyriformis. Por último, resaltar que la Nipaecoccus nipae es una especie polífaga, por lo que, aunque incide especialmente en el cultivo del aguacate, también afecta a otros 80 géneros de plantas pertenecientes a 43 familias. Se alimenta de una amplia gama de plantas de importancia económica, principalmente cultivos frutales y ornamentales, incluidos aguacates, cítricos, cacao, cocos, chirimoyas, guayabas, mangos, piñas, guanábana y diferentes palmeras.
Por las condiciones de cultivo de Canarias estas plagas tienen presencia casi todo el año, aunque suele acentuarse en el periodo estival y el inicio del otoño. Cabe destacar que, durante el periodo 2023 2025, se han puesto de manifiesto situaciones críticas tanto en la producción como en la comercialización del aguacate. Esta situación de emergencia, derivada del avance de la plaga y la ineficacia de los métodos de control biológico o preventivo hasta el momento, exige una intervención inmediata mediante tratamientos químicos.
En relación con lo anterior, uno de los productos prohibidos son los fitosanitarios formulados a base de Spirotetramat 10 % [SC] P/V. Éstos son especialmente eficaces como insecticidas contra la cochinilla de la platanera
(Dysmicoccus grassii), mosca blanca (Aleurodicus floccissimus), la cochinilla del aguacate (Nipaecoccus nipae) y otras cochinillas como Fiorinia fiorinae y Protopulvinaria pyriformis (que también afectan a los cultivos de aguacates). A pesar de la prohibición existente, el artículo 53 del Reglamento (CE) nº
1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de
2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y por el que se derogan las Directivas 79/117/CEE y 91/414/CEE del Consejo, establece que, en circunstancias especiales, un Estado miembro podría autorizar, por un periodo no superior a 120 días, la comercialización de productos fitosanitarios para su utilización controlada y limitada, si tal medida fuera necesaria debido a un peligro que no pueda controlarse por otros medios razonables.
Asimismo, el artículo 34 de la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal, establece la posibilidad de que el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente conceda autorizaciones excepcionales de un producto fitosanitario en caso de peligro imprevisible que no pueda ser controlado por otros medios.
Habida cuenta de lo dispuesto en ambos preceptos, el Gobierno de Canarias solicitó ante el órgano competente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (la Dirección General de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal) el uso excepcional de Spirotetramat 10
% [SC] P/V, para controlar las plagas de la mosca blanca (Aleurodicus floccissimus) y de la cochinilla de la platanera (Dysmicoccus grassii) que está afectando a las plataneras. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación denegó la autorización excepcional.
Posteriormente, en marzo de 2026, el Gobierno de Canarias solicitó ante el mismo órgano el uso excepcional de Movento Gold (Spirotetramat 10 % [SC] p/v, ROPMF N.º ES-00024) para controlar la plaga Nipaecoccus nipae que está afectando a los cultivos de aguacate. En este caso se propuso la aplicación de una dosis de 0,075-0,1 % (75-100 mL/hL), con un máximo de 2
L/ha, un límite de dos aplicaciones anuales y un plazo de seguridad de 14 días, por un periodo de 120 días, del 1 de junio al 28 de septiembre de 2026. Esta petición ha seguido la misma suerte que la anterior.
Por último, cabe recordar que, como debido a la falta de control efectivo de la frontera, lo cual vulnera la Orden de 12 de marzo de 1987, que establece medidas de protección fitosanitaria para Canarias, se está permitiendo la entrada ilegal de frutas y hortalizas en el archipiélago, lo que implica, además de una competencia desleal para nuestros agricultores, la introducción de nuevas plagas y enfermedades en el ecosistema canario.
Por todo lo expuesto, los grupos parlamentario abajo firmantes presentan la siguiente:
Por todo lo expuesto se formula la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:
- 1. Continuar defendiendo de manera activa ante el Estado y la Unión Europea la singularidad de Canarias como región ultraperiférica, donde las condiciones climáticas favorecen el rápido establecimiento y desarrollo de plagas y enfermedades, haciendo inviable la aplicación de criterios homogéneos con el territorio continenta
- 2. 2.1.- Reforzar las medidas de control para garantizar el cumplimiento de la normativa fitosanitaria vigente y evitar la entrada ilegal de productos agrícolas en el archipiélago.
2.2. Autorizar la aplicación de Spirotetramat 10 % [SC] P/V para controlar las plagas de la mosca blanca (Aleurodicus floccissimus) y de la cochinilla de la platanera (Dysmicoccus grassii) por un periodo de 120 días, del 1 de junio al 28 de septiembre de 2026.
2.3. Autorizar la aplicación de Movento Gold (Spirotetramat 10 % [SC] p/v, ROPMF N.º ES-00024) para controlar la plaga Nipaecoccus nipae que está afectando a los aguacates en dosis de 0,075-0,1 % (75-100 mL/hL), con un máximo de 2 L/ha, un límite de dos aplicaciones anuales y un plazo de seguridad de 14 días, por un periodo de 120 días, del 1 de junio al 28 de septiembre de 2026.